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9 de octubre de 2026
Minería

Nueva Ley MAPE daría hasta fines de 2028 a 30,000 mineros para completar su formalización

Minem prevé presentar el proyecto el 15 de octubre. Plantea crear el Formape, habilitar cuentas en el Banco de la Nación y establecer un régimen permanente para los nuevos operadores.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) prevé presentar el próximo 15 de octubre una nueva propuesta de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), que otorgaría dos años adicionales a unos 30,000 mineros en proceso de formalización para cumplir los requisitos pendientes.

El titular del sector, Guillermo Shinno, explicó que la iniciativa busca superar la fragmentación normativa y establecer un marco jurídico especial para la autorización, regulación, supervisión, fiscalización y trazabilidad de estas actividades.

El proyecto, que tendría 21 artículos y disposiciones complementarias, contempla dos regímenes: uno ordinario, de carácter permanente, y otro de consolidación, temporal y excepcional.

DOS AÑOS PARA COMPLETAR LOS REQUISITOS

De acuerdo con una presentación del Minem ante medios de comunicación, el proceso de formalización vinculado al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) concluiría definitivamente el 31 de diciembre de 2026, pero los trámites en curso no se extinguirían.

Los mineros inscritos a esa fecha pasarían al régimen de consolidación, que comenzaría el 1 de enero de 2027 y terminaría el 31 de diciembre de 2028. Durante ese periodo podrían completar los requisitos pendientes para incorporarse definitivamente al régimen ordinario.

La propuesta contempla que estos operadores queden habilitados temporalmente para trabajar en las coordenadas declaradas, conforme a los requisitos establecidos.

Shinno señaló que este mecanismo estaría dirigido a los aproximadamente 30,000 mineros que se encuentran en proceso de regularización. No habría nuevos ingresos a ese régimen excepcional: quienes busquen iniciar la actividad tendrían que hacerlo por la vía ordinaria.

Esta última exigiría autorización sectorial y certificación ambiental para el inicio o reinicio de operaciones, con requisitos diferenciados según las características de la pequeña minería y la minería artesanal. También establecería obligaciones de información, trazabilidad y fiscalización.

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