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17 de octubre de 2024
Actualidad

Fiscalización ambiental en el sector transporte: ¿Qué implicaciones tiene el traspaso de funciones al OEFA?

  • Las funciones que ejercía la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) serán asumidas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)

El segundo trimestre del 2025 ha sido establecido como la fecha para la transferencia de las funciones de fiscalización ambiental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), según lo indicado por el cronograma del Decreto Supremo correspondiente.

Este cambio representa una serie de implicancias para las empresas con concesiones en el ámbito de infraestructura de transporte o proyectos que involucren manejo ambiental. Es crucial analizar cómo afectará a dichas empresas este traspaso de funciones.

Vito Verna, socio del área Ambiental de CMS Grau, resalta que el primer paso para las empresas es revisar rigurosamente sus compromisos ambientales y corregir posibles inconsistencias. “Estos documentos, usualmente elaborados por terceros bajo encargo, serán revisados por el fiscalizador. Es fundamental asegurarse de no asumir compromisos que no podamos o no sea necesario cumplir, desde un punto de vista ambiental”, señala Verna.

Supervisión y fiscalización del a OEFA

Néstor Shimabukuro, socio del área de Administrativo y Contratación Pública de CMS Grau, explica que “la fiscalización por parte del OEFA se enfoca, entre otros aspectos, en asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental y los compromisos asumidos en los instrumentos de gestión ambiental aprobados. Se vale para dichos efectos, de medidas administrativas, tales como la imposición de medidas administrativas para la remediación de daños, y la corrección de riesgos ambientales identificados en la fiscalización. Ahora, una vez que se materialice la transferencia de funciones de fiscalización ambiental del MTC al OEFA, los agentes fiscalizados del Sector Transportes se someterán a un sistema de fiscalización ambiental, consolidado, especializado e intenso”.

Actualmente, la normativa establece que cierta información debe ser presentada a la autoridad de fiscalización ambiental, y en algunos casos, también a la autoridad ambiental competente. A continuación, se detallan los principales documentos que deberán ser entregados al OEFA tras la transferencia de funciones de fiscalización:

  • Comunicar la autoridad ambiental competente y a la autoridad de fiscalización el inicio de las actividades para la ejecución del proyecto de transporte.
  • Presentar los resultados de los monitoreos de efluentes y emisiones, así como los reportes de análisis y ensayos, y los resultados del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
  • Informar sobre las medidas de mitigación y control ambiental en casos de declaración de emergencia por eventos catastróficos que afecten la infraestructura de transporte, la salud pública o el ambiente.
  • Presentar el Informe de Culminación del Plan de remediación de sitios contaminados a la autoridad de fiscalización ambiental. Aquellas actividades productivas, extractivas o de servicios que generen material de descarte deben informar de manera previa a la autoridad competente mediante una declaración jurada.
  • En caso de emergencia en instalaciones generadoras de residuos sólidos, se debe comunicar lo ocurrido a la autoridad ambiental competente y a la autoridad de fiscalización dentro de las 24 horas.

Vito Verna enfatiza la importancia de prevenir posibles incumplimientos mediante la implementación de un sistema de gestión ambiental que identifique las obligaciones tanto regulatorias como derivadas de los instrumentos de gestión ambiental y organice su cumplimiento al interior de las empresas. Así, entre sus recomendaciones destacan:

  • Establecer un sistema de gestión que incluya políticas, estrategias, planes y responsabilidades claramente establecidas en la organización.
  • Sistematizar la gestión del cumplimiento legal, diferenciado las obligaciones según su nivel riesgo y criticidad para el negocio.
  • Programar auditorías, tanto internas como externas, especializadas.
  • Contar con un plan de cierre de brechas que permita realizar las correcciones necesarias.

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