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8 de septiembre de 2024
Energía

Gobierno de Uruguay genera críticas por modificar normativa para importar autos eléctricos

La Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones había establecido un precio máximo para la compra de vehículos que fue corregido este año.

E l gobierno de Uruguay modificó el precio máximo para la compra de autos eléctricos que pueden ser incluidos en proyectos presentados ante la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (Comap) y recibir beneficios tributarios.

Los importadores del país charrúa advierten que la modificación no fue comunicada en tiempo y forma, es retroactiva, y cambia las reglas de juego.

Un decreto presidencial en 2020 estableció criterios e indicadores –como generación de empleo, aumento de exportaciones y utilización de tecnologías limpias- para otorgar beneficios a proyectos promovidos por la Comap.

Señaló que los vehículos de pasajeros –incluso los eléctricos- podían formar parte de los proyectos como inversión elegible y generar un buen puntaje en el indicador de tecnologías limpias.

Luego, los criterios básicos generales de funcionamiento del decreto marcaron otras condiciones.

Allí se explicó que las inversiones en vehículos eléctricos no podían tener un valor CIF (mercadería más costo, seguro y flete) superior a los US$ 60.000.

En diciembre de 2023, la Comap introdujo un cambio importante: el precio tope sería de US$ 27.000. La decisión generó incertidumbre en el sector automotor, pero días después la comisión dispuso una nueva modificación.

Finalmente informó que el valor de importación CIF para vehículos eléctricos de pasajeros no podía superar los US$ 40.000.

La cantidad quedó establecida hasta el 31 de agosto de 2023.

El 21 de febrero de este año la Comap indicó que “acorde a las variaciones en los precios internacionales se modifica el valor de importación CIF para vehículos eléctricos de pasajeros, el que no podrá superar los US$ 30.000”.

La vigencia se fijó a partir del 22 de febrero (un día después) y hasta el 31 de agosto de 2025.

Expuso que para los proyectos de inversión presentados se consideraría inversión elegible la adquisición de vehículos de pasajeros con motorización exclusivamente eléctrica y que las unidades deberían destinarse exclusivamente a la actividad de la empresa.

Añadió que a efectos de la promoción, los automóviles deberían formar parte de un proyecto de inversión en el cual representaran como máximo el 25% del total del emprendimiento.

EL MERCADO DE LOS ELÉCTRICOS Y LA REACCIÓN DE LOS IMPORTADORES

Según datos de la Asociación del Comercio Automotor de Uruguay (ACAU, gremial de los importadores del sector), entre enero y junio de este año se vendieron 2.246 vehículos eléctricos, prácticamente el triple que en el mismo período de 2023 cuando habían sido 784.

En el semestre fueron 1.664 automóviles, 372 utilitarios deportivos (SUV), 189 utilitarios livianos y 21 camiones.

La comercialización de eléctricos ha crecido en forma constante en los últimos años y la visión de los importadores es que uno de los motivos fue la posibilidad de incluirlos como inversión elegible en los proyectos que se presentan ante la Comap.

“En gran parte fue la explicación durante mucho tiempo del crecimiento fuerte de los eléctricos”, dijo a El Observador el gerente de ACAU, Ignacio Paz.

La estimación es que ese segmento continuará en aumento pero también está la percepción que podría hacerlo mucho más si no se hubiese implementado la baja del precio máximo.

En ACAU llamó la atención el cambio. Paz relató que la gremial se enteró el día antes de que la modificación entrara en vigencia.

“Lo que siempre pedimos en estas instancias es previsibilidad. El gobierno puede tomar la medida que entienda conveniente, pero tiene que dar tiempo para adecuarse y que no haya un daño innecesario. Porque al no avisar provoca un perjuicio fácilmente evitable”, señaló.

El primer paso que tomó ACAU fue pedir una reunión con representantes de la Comap que no se pudo concretar. El segundo fue enviar una nota al Ministerio de Economía pidiendo respuestas. Pero todavía no llegaron.

En esa carta se mencionaron varios casos de proyectos que incluyeron automóviles eléctricos, pero que posteriormente quedaron por fuera del beneficio tributario por la modificación.

Por eso, la gremial entiende que hay una aplicación retroactiva de la normativa que es incorrecta. “Había reglas de juego y se jugó con esas reglas; no se pueden cambiar después”, afirmó Paz.

“En un momento la Comap dijo: estos autos son elegibles dentro un proyecto de inversión. Entonces se incluyeron porque cumplían con lo que decía la norma. Pero cuando fueron a ejecutar (el proyecto), la respuesta fue que no eran elegibles”, explicó.

“El pedido es que no se aplique en forma retroactiva”, agregó.

Uno de los argumentos que se manejó tiempo atrás cuando se pensó en las modificaciones (como la que se efectuó el año pasado) es que los empresarios incluían automóviles de alta gama en los proyectos que presentaban ante la Comap. Y por eso la disminución de precio.

Sin embargo, Paz afirmó que en ninguna parte del decreto o los textos normativos adicionales se menciona que ese tipo de vehículos estuvieran excluidos. Tampoco se aclaró cuáles automóviles eran considerados, por sus características, de alta gama.

“Que digan las reglas claras y nos ajustamos a eso. Pero los automóviles fueron rechazados después por un criterio que no está en la norma y ahora ni siquiera tenemos respuesta a nuestras consultas”, concluyó el representante de ACAU.

 

Fuente: AMÉRICA ECONOMÍA

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