13 de mayo de 2025
Energía

Modificación de la Ley N° 28832: Hacia un Mercado Eléctrico Justo, Eficiente y Competitivo para el Perú

En respuesta a los recientes comentarios expresados en contra de la reglamentación de la Ley que modifica la Ley 28832, la Asociación Peruana de Energías Renovables (SPR) considera fundamental reafirmar los beneficios de la modernización del marco regulatorio eléctrico.

Para SPR la modificación de la Ley N° 28832 y su reglamento son vitales para corregir un mercado que ha mantenido altas tarifas para usuarios regulados (hasta 40% más caras que para usuarios libres) y frenado la entrada de nuevas tecnologías limpias. Esta situación evidencia una contratación ineficiente que requiere una reforma.

“El diseño actual del mercado presenta una distorsión estructural al usar un precio de gas natural subvalorado para definir el costo marginal de electricidad. Esto favorece a tecnologías existentes, ya amortizadas, impidiendo que proyectos renovables compitan en igualdad”, resaltan en la declaración difundida por SPR.

Conforme a la Ley N° 28832 y su modificatoria (Ley N° 32249), las licitaciones de largo plazo deben promover nueva infraestructura de generación para asegurar un abastecimiento eficiente, competitivo y sostenible.

Contrario a ciertas afirmaciones, una mayor participación renovable puede bajar tarifas. En Chile, la energía solar licita entre 18-25 USD/MWh y la eólica entre 45-53 USD/MWh, mientras el promedio en Perú para regulados supera los 60 USD/MWh. “El problema no es la tecnología, sino un diseño de mercado que impide el acceso a las fuentes más competitivas”, indican.

En este sentido, la asociación SPR propone un reglamento con reglas claras, una metodología técnica para proyectar la demanda y una planificación con la metodología adecuada, que de predictibilidad y fomente la inversión. Agrega que la contratación por bloques horarios y la programación a largo plazo son legales y necesarios para evitar la discrecionalidad y diversificar la tecnología en licitaciones, abriendo la competencia en favor del consumidor.

Asimismo, indica que el verdadero riesgo de desequilibrio sería mantener un mercado eléctrico que excluye nuevos competidores y nuevas tecnologías, que encarecen las tarifas y desalientan la inversión. “El nuevo reglamento debe asegurar eficiencia, la competencia justa y el abastecimiento oportuno, corrigiendo las actuales deficiencias”, puntualiza.

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