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12 de diciembre de 2024
Minería

Proyecto de nacionalización del cobre buscaría reducir valor a pagar por estatización de minas

La bancada de Perú Libre presentó un nuevo proyecto de ley al Congreso (2259-2021) el cual busca nacionalizar la industria del cobre en el país, creando la “Corporación Nacional del Cobre”, la cual tendrá el derecho exclusivo para la exploración, extracción, primera industrialización y remediación del cobre a nivel nacional.

Uno de sus puntos más resaltantes es como propone valorizar las concesiones mineras del sector que serían materia de nacionalización.

Según indica el proyecto, se valorizará a las empresas privadas que actualmente desarrollan actividades que ahora asumiría la Corporación. Sin embargo, a su valor se le restará su deuda tributaria, exoneraciones otorgadas, así como beneficios tributarios, el valor del recurso en el subsuelo que “han omitido pagar”, la “exportación de utilidades” y el costo de la remediación nacional.

El Valor

En concreto, se busca reducir el valor de dichas empresas lo más posible. Quizás en un intento de evitar que suceda lo mismo que ocurrió cuando se propuso nacionalizar Camisea, caso en el cual se calculó la operación podría costarle US$30,000 millones al Estado.

Debido al número de factores que modifican el valor final de las empresas, los expertos señalan que sería difícil calcular cuánto tendría que pagar el Estado en este caso.

Cómo funcionaría

Para desenvolverse en el mercado, el proyecto plantea la creación de “unidades empresariales” que operen bajo la nueva empresa estatal.

Como explica Nancy Ogata, asociada senior del estudio Rubio, pareciese que el proyecto propone formar empresas para cada yacimiento a explorar y explotar.

Según lo expuesto por la norma, el capital social de dichas unidades estaría divido entre las comunidades del lugar donde se explota el recurso, el Estado y los privados, por lo que sería una empresa tripartita.

Socios

En concreto, se plantea que las comunidades “autoricen” la explotación del subsuelo en el que se encuentran.

El valor del recurso hallado en dicho subsuelo se contará como su aporte de capital, el cual no podrá exceder el 24.5% del capital social total de dicha unidad.

Por otra parte, los privados podrán hacer aportes hasta por un 24.5% del capital social de la unidad.

Finalmente, el Estado aportará parte de su presupuesto público a la unidad en una única vez, lo cual será considerado como su aporte de capital. Dicho aporte no puede ser menor al 51% del total del capital social de la unidad.

Problemática

Al respecto, Ogata, señala que las unidades empresariales serían algo así como “empresas forzadas”.

Sin embargo, recalca que el proyecto de ley no contempla que pasaría en los casos en los que el Estado no cuente con el suficiente presupuesto para cubrir el 51% del capital social de dichas unidades.

Cabe indicar que, para la mayoría de decisiones internas de las empresas se requiere contar con dos tercios de votos a favor en un sentido, por lo que el Estado no podría tomar decisiones por su cuenta sin el apoyo de una de las otras dos partes que conformen la unidad. Como señala Ogata, la norma no ha pensado en varios supuestos a regular.

Preocupación

La iniciativa legal viene causando preocupación entre algunos expertos, quienes consideran que la norma generará más preocupación para los inversores extranjeros, quienes no querrán invertir en un país tan aparentemente volátil como el Perú.

Otros señalan que, en caso se aprobase la norma, podría llevar a un conflicto entre Perú y China debido a que MMG, empresa administradora de Las Bambas, proviene de dicho país y el proyecto atenta directamente contra su concesión.

Proyecto es inconstitucional y antitécnico, según expertos

Expertos en derecho minero señalan que el proyecto está estructurado de tal forma que “no puede ser aprobado” y, aún si lo fuese, sufre de varios vicios de inconstitucionalidad, por lo que podría ser derogada en poco tiempo.

Según explica Luis Miguel Elias, socio del estudio Rebaza, la norma contraviene el principio del rol subsidiario del Estado que se encuentra en la Constitución.

“Se permite que el Gobierno intervenga en el mercado cuando existe un real sustento, como en el caso de los monopolios naturales. Para llegar a dicho punto, debe existir una necesidad pública tangible del por qué debe existir dicho monopolio natural o una necesidad específica para que el Estado lo cubra. Nada de eso se encuentra en esta norma”, explica Elias, quien agrega que la norma es antitécnica y no tiene fundamento alguno.

Fuente: GESTIÓN.

 

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