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12 de diciembre de 2024
Economía

Impulso Perú: MEF apuesta por más beneficios tributarios para reactivar la economía

El Plan Impulso Perú, presentado a finales de agosto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aún no termina de implementarse. A pesar de ello, se apuesta por un conjunto de 10 nuevas medidas con las que intentará reactivar la economía, que en este segundo semestre se ralentiza.

Ya el propio ministro de Economía y Finanzas, Kurt Burneo, afirmó que el MEF sinceró sus cifras de crecimiento para el 2022 y ahora se espera un avance de entre 2.7% y 3%, por debajo del 3.3% estimado en el Marco Macroeconómico Multianual (MMM) 2023-2026 publicado en agosto.

El presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Julio Velarde, también refirió que en la segunda mitad del año el avance del PBI será más lento.

Para revertir esta situación, el MEF presentó 10 medidas adicionales a las 36 que forman parte del Plan Impulso Perú. La apuesta principal es otorgar más beneficios tributarios a las empresas de diversos sectores, pues la mitad de las nuevas acciones planteadas tiene este componente.

Riesgo de elusión tributaria

Una de las medidas planteadas por el MEF es otorgar a las empresas una deducción adicional temporal de 50% del gasto por un año para la contratación de nuevos trabajadores. Se aplicará a aquellos con una remuneración bruta mensual inferior a S/ 1,700. Las empresas que se acojan se comprometerán a no reducir el número de trabajadores.

El tributarista, Jorge Picón, quien analizó las medidas junto a Gestión, afirmó que actualmente las empresas ya deducen el 100% del costo de su planilla y con este beneficio la deducción total sería de 150% en el caso de los trabajadores con ingresos menores a S/ 1,700.

Si bien la intención del MEF es que con este incentivo las empresas decidan formalizar a sus trabajadores y ponerlos en la planilla, para Picón lejos de generar dicho efecto, la medida fomentaría un esquema de elusión tributaria.

“Aunque tenga un pequeño efecto, más se va a prestar a mecanismos de elusión, mediante el cual las empresas que actualmente tienen trabajadores al no poder reducir trabajadores crean una empresa nueva y contrato a los que tengo en la otra para acogerme al beneficio. La norma se presta a una elusión masiva y dudo mucho que de lugar a alguna formalización”, dijo.

El MEF ha calculado que el costo para el Estado por la aplicación de esta medida será de S/ 1,000 millones.

Depreciación y devolución de IGV

Otra de las medidas tributarias planteadas es el régimen de depreciación acelerada para maquinaria y equipos a las actividades asociadas a textiles, confecciones y calzado, por el cual se propone reducir el periodo de depreciación de las máquinas de 10 a tres años. Así, se pasa de un porcentaje anual de depreciación de hasta 10% a un máximo de 33.33% por año.

La intención de esta medida es incentivar la inversión privada, otorgando una reducción de los costos financieros de inversión a las empresas que actualmente se encuentren en operación. Tiene un costo de S/ 10 millones para el Estado.

Según Picón, si bien la medida no es mala, experiencias anteriores, como las que se dieron durante la pandemia, cuando hubo acciones similares, ya han demostrado que no son suficientes para reactivar un sector. “La pregunta sería por qué solo estos sectores y no otros que también generan mucha mano de obra”, añadió.

Una tercera medida tributaria es la modificación del Régimen de Recuperación Anticipada el IGV, el cual otorga alivio financiero a las empresas en su etapa preoperativa. Actualmente se aplica a todos los sectores y requiere una inversión mínima de USS 5 millones, y se propone reducir este monto mínimo a US$ 2 millones por un periodo de dos años, con un costo para el fisco de S/ 80 millones.

El tributarista Picón explicó que si bien este beneficio permite a las empresas recuperar el IGV que pagaron durante el periodo de inversión, previo a la operación, las firmas no se acogen al mismo, básicamente por desconocimiento.

FIRBI muerto

La cuarta medida tributaria es buscar impulsar al sector inmobiliario mediante extensión por tres años del tratamiento especial del Impuesto a la Renta (IR) que se otorga a los Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI), cuya vigencia es hasta el 2022.

Los FIRBI son una fuente alternativa de financiamiento para los desarrolladores de proyectos habitacionales, comerciales e industriales.

Si bien los FIRBI pagan un IR de solo 5%, Picón refirió que actualmente estos fondos están paralizados, ya que hubo una resolución del Tribunal Fiscal, que luego se puso en un Decreto Legislativo, que cambiaron la forma de distribución de utilidades reduciendo el beneficio.

Hasta antes de estas medidas los FIRBI recibían utilidades antes del pago de impuestos, ahora las tienen después de que la inmobiliaria pague el 29.5% del IR, reduciendo el monto percibido, lo que desincentiva su uso.

Una última medida está referida a la extensión de beneficios al sector acuícola y forestal. Desde este año, estos sectores tienen tasas de IR reducidos. Por ejemplo, las empresas con ingresos menores a las 1,700 UIT pagan 15% de IR hasta el 2030 y los que tienen ingresos superiores a dicho monto tienen tasas que irán subiendo gradualmente: 15% en 2022, 20% hasta el 2024, 25% hasta el 2027 y a partir del 2028 pagarán 29.5%.

Fuente: GESTIÓN.

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