En el marco de las facultades legislativas que le otorgó el Congreso de la República, el Poder Ejecutivo dispuso medidas extraordinarias para dar flexibilidad a las empresas con el pago de sus obligaciones de créditos con el programa Reactiva Perú.
Mediante el Decreto de Urgencia Nº 013-2023, que se publicó este jueves en Normas Legales del diario El Peruano, se dispuso la modificación del literal b) del numeral 3.1 del artículo 3 del DU Nº 011-2022, que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el programa Reactiva Perú y para financiar actividades de promoción de la inversión privada.
La norma detalla que esta iniciativa se da por la afectación a la actividad empresarial y a diversos sectores de la economía del país, teniendo como impacto los ingresos, con la consiguiente disminución de la capacidad de pago para sus obligaciones frente a sus proveedores y entidades del sistema financiero.
“Ha alcanzado también a las medianas empresas que representan cerca del 31.4% del saldo de deuda a diciembre de 2022 de créditos con garantía del programa Reactiva Perú”, refiere.
Requisitos para reprogramación de los créditos
El Decreto de Urgencia menciona que las reprogramaciones dependerán de la evaluación que haga la empresa del sistema financiero que otorgó el crédito.
En este caso, señala que para el caso de créditos otorgados por un monto igual o mayor a S/ 750,000 y hasta S/ 10 millones, se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 30% en el cuarto trimestre de 2022 con relación al cuarto trimestre de 2019.
“Este requisito no se exige a los créditos otorgados a las empresas del sector turismo, según la base de datos de Cofide en su calidad de administrador del programa Reactiva Perú”, apunta el documento.
Fuente: GESTIÓN.