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22 de abril de 2026
Economía

Perú aprueba reglamento de Ley de Zonas Económicas Especiales Privadas

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el reglamento de la Ley N° 32449, que define el marco normativo de creación, autorización y funcionamiento de las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP) en el Perú.

Mediante el Decreto Supremo N° 005-2026-Mincetur, publicado hoy en el diario oficial El Peruano y que lleva la rúbrica del presidente de la República, José María Balcázar, se aprobó dicho reglamento que permite poner en marcha un instrumento estratégico orientado a atraer inversiones de alto impacto, generar empleo formal de calidad y dinamizar la actividad industrial con enfoque descentralizado.

“La aprobación de este reglamento es un paso fundamental para transformar la estructura productiva del país. Las Zonas Económicas Especiales Privadas nos permitirán avanzar hacia una economía de mayor valor agregado, incorporando innovación, tecnología y nuevos motores de crecimiento que impulsen la productividad y la competitividad del Perú”, señaló el ministro de Comercio y Turismo, José Reyes.

Cabe señalar que esta nueva herramienta, orientada a atraer inversión privada, es uno de los pilares de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040.

El documento aprobado establece aspectos esenciales para el funcionamiento de las Zonas Económicas Especiales Privadas, como el procedimiento de creación de las zonas, la selección de operadores, las actividades permitidas y los mecanismos de supervisión y control. Con este marco normativo, se busca descentralizar las oportunidades de inversión, permitiendo que nuevas regiones se integren a las cadenas globales de valor.

La primera etapa para la creación de una Zona Económica Especial Privada será la de calificación de la zona, seguido de la autorización del operador privado, donde se evaluarán las solicitudes de los postores, quienes deberán cumplir requisitos como ser una persona jurídica en el Perú, un compromiso de inversión mínima de 1,500 UIT en 2 años, entre otros.

Asimismo, ha sido elaborado de manera articulada con entidades públicas, como los ministerios de Economía y Finanzas, y de la Producción, incorporando los aportes del sector privado recogidos en una serie de reuniones técnicas y el proceso de prepublicación del proyecto de reglamento.

Con la entrada en vigencia del mencionado reglamento, el Perú avanza hacia la consolidación de un entorno más atractivo, predecible y competitivo para la inversión privada, fortaleciendo la seguridad jurídica y generando nuevas oportunidades para el empleo formal y el desarrollo sostenible del país, así como la diversificación de la matriz productiva exportadora peruana.

Tratamiento especial tributario

Cabe recordar que el pleno del Congreso aprobó en diciembre del 2025 la ley marco que creó el tratamiento especial tributario y aduanero para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP).

De esta manera, los contribuyentes que sean operadores o usuarios de una zona económica especial, siempre que cumplan y mantengan los requisitos de autorización, gozan de diversos beneficios tributarios sobre el impuesto a la renta.

Se dispone una tasa de impuesto a la renta de 0% sobre la renta neta por un periodo de cinco años contados a partir del inicio de operaciones del operador y una tasa de impuesto a la renta de 7.5% sobre la renta neta por un periodo de cinco años contados a partir del sexto año de inicio de operaciones del operador.

Una tasa de impuesto a la renta de 10% sobre la renta neta por un periodo de cinco años contados a partir del undécimo año de inicio de operaciones del operador y una tasa de impuesto a la renta de 12.5% sobre la renta neta por un periodo de cinco años contados a partir del decimosexto año de inicio de operaciones del operador.

Asimismo, una tasa de impuesto a la renta de 15% sobre la renta neta por un periodo de cinco años contados a partir del año vigésimo primero de inicio de operaciones del operador.

Fuente: ANDINA.

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