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17 de octubre de 2024
Minería

Proyecto que busca darle fin al Reinfo sale la próxima semana, ¿qué se prepara?

Desde incentivos tributarios hasta facilidades para contratar en concesiones, sepa todo lo que se alista en la nueva Ley de Minería Artesanal y de Pequeña Minería.

A siete años de su creación, el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), no solo ha incumplido su objetivo de facilitar la formalización a los mineros informales, sino que se le ha atribuido ser uno de los mecanismos que ha promovido el crecimiento de la minería ilegal.

De acuerdo con un análisis que realizó Videnza, encargado por el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP), el mal manejo del Reinfo a cargo de los gobiernos regionales, más el alza sostenida en la cotización del oro, ha llevado a que más de medio millón de familias hoy dependan de la extracción ilegal de ese metal precioso.

Eso, según concluye, significaría un peso político que se podría capitalizar en cerca de 1 millón de votos y en un escenario donde la minería ilegal se habría convertido, incluso, en “una fuente de financiamiento”.

SUCESIVAS PRÓRROGAS

 Esta última lectura la realiza esa consultora, según dio a entender, considerando las distintas prórrogas que tuvo la vigencia del Reinfo y que fueron aprobadas en forma multipartidaria en el Congreso de la República.

 Es más, aún existen tres proyectos de ley de diversas bancadas, que plantean extender la vigencia de ese mecanismo. Hasta el momento, la vigencia del Reinfo es hasta finales del 2024.

Sin embargo, ese controvertido registro tendría ya los días contados, pues el Gobierno peruano espera reemplazarlo con la nueva Ley de Minería Artesanal y de Pequeña Minería, más conocido como Ley MAPE, que fue prepublicado y está a la espera de “luz verde”.

FECHA LÍMITE

En una presentación ante la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República, el viceministro de Minas, Henry Luna, informó que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) se ha puesto como límite el próximo 20 de este mes para concluir esa iniciativa legal.

Explicó que, tras su prepublicación, ese proyecto ha sido mejorado y ahora pasará al área de asesoría jurídica del Minem, para que luego sea remitido a la Presidencia del Consejo de ministros (PCM), lo cual, estimó, se produciría la próxima semana.

“Esperamos que en la PCM tenga un plazo inmediato de atención prioritaria para que (sea remitido al Poder Legislativo, y) se debata en el Congreso”, expresó.

¿QUÉ ESTABLECE EL PROYECTO DE LEY?

Según el proyecto de ley prepublicado, su finalidad es proteger, promover e incentivar el desarrollo de actividades de la pequeña minería y la minería artesanal de manera social, económica y ambientalmente sostenible con estándares de seguridad y salud en el trabajo.

El Minem podrá establecer zonas especiales para el desarrollo de las actividades de la pequeña minería y artesanal en áreas extinguidas o libres, y donde sus titulares puedan formular petitorios en cuadrículas de 25 hectáreas.

En cada zona especial, el pequeño minero podrá peticionar hasta 4 de las cuadrículas mencionadas, y el artesanal sólo una cuadrícula. En tanto la autorización para la explotación minera en esas áreas la otorgará el respectivo gobierno regional, al minero que acredite cumplir con los requisitos que establezca el reglamento de esta ley

DEBERÁN DENUNCIAR A MINEROS ILEGALES

Establece que los gobiernos regionales deberán identificar y denunciar las actividades de minería ilegal que se realicen en sus respectivas jurisdicciones territoriales.

Permite, también, que las actividades de supervisión y fiscalización en materia ambiental, de seguridad y salud en las actividades mineras de competencia de los gobiernos regionales (pequeña minería y minería artesanal) puedan ser tercerizadas.

Tal tercerización la podrán otorgar a empresas supervisoras debidamente registradas y acreditadas ante el Minem, conforme la normativa que ese sector emita.

CONTRATOS DE EXPLOTACIÓN

El proyecto autoriza a los titulares de derechos mineros (concesionarios) a suscribir contratos de explotación con personas naturales o jurídicas para desarrollar actividades de pequeña minería o artesanal en todo o parte de su concesión, a cambio de una contraprestación.

Ese contrato, detalla, tendrá los efectos de una cesión minera y constituye un requisito alternativo a la tenencia de derechos mineros para acreditar el derecho a ejercer actividad minera.

El titular podrá celebrar uno o más contratos sobre su derecho minero (concesión), siempre que sus áreas no se superpongan, pero no podrá suscribir esos documentos cuando se trate de casos de invasión o denuncias pendientes por resolver.

No obstante, el proyecto también dispone que el pequeño minero o minero artesanal que cuente con esos contratos será responsable exclusivo por los incumplimientos de la normativa ambiental, de seguridad y salud en el trabajo, en que incurran, así como de los daños causados al ambiente.

INCENTIVOS

Lo propuesto contiene incentivos para los titulares de concesiones: estarán exonerados de la penalidad y del pago de derecho de vigencia de la concesión que sea objeto de los contratos antes citados, por dos años consecutivos.

Dispone que quienes desarrollen actividades de pequeña minería o minería artesanal formal obtendrán beneficios tributarios al amparo de la Ley N° 30309, que promueve la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica.

Ello ocurriría cuando implementen el desarrollo de tecnologías limpias, libres del uso de sustancias controladas en el beneficio de oro u otros metales.

Igualmente, accederían al beneficio tributario cuando implementen tecnologías que generen impacto positivo en el ambiente a través de la remediación ambiental, tratamiento de aguas, reforestación y actividades afines para la pequeña minería y artesanal.

Se dispone que la pequeña minería y la minería artesanal formal pagarán una tasa de cero por ciento de regalía minera e Impuesto Especial a la Minería.

 Sobre el tema, en un resumen del proyecto que dio a conocer ante la Comisión de Energía y Minas, la directora de formalización minera del Minem, Mayra Figueroa, indicó que en esa iniciativa legal se establece la obligación de que (el Poder Ejecutivo) presente un proyecto de ley que establezca un régimen tributario simplificado para la pequeña minería y la minería artesanal.

Fuente: GESTIÓN

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