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12 de diciembre de 2024
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El Indecopi recibe 343 denuncias contra decreto supremo que prohíbe la tercerización laboral del núcleo del negocio

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi recibió, hasta el 8 de setiembre de este año, 343 denuncias contra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), que cuestionan la legalidad o razonabilidad de diversas medidas contenidas en el Decreto Supremo N°001-2022-TR, emitido por el MTPE.

Las medidas incluidas en esta norma prohíben la tercerización laboral de actividades que son parte del núcleo del negocio de una empresa. Actualmente, la Comisión viene recibiendo diariamente nuevas denuncias sobre el tema.

El Indecopi, según sus facultades (Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, Decreto Legislativo N°1256), evalúa las citadas denuncias, efectuadas por empresas contra la reciente normativa dada por el MTPE.

En su evaluación la CEB podrá disponer (i) la admisión a trámite, inadmisibilidad o improcedencia de las denuncias, (ii) el otorgamiento o denegatoria de las medidas cautelares solicitadas, (iii) la emisión de un pronunciamiento final declarando fundada o infundada la denuncia, (iv) la imposición de sanciones, (v) el reembolso de los costas y costos de los procedimientos, entre otros aspectos.

Con la admisión a trámite de las denuncias en contra del MTPE, se permitirá la evaluación de la legalidad y razonabilidad de las barreras burocráticas que han sido cuestionadas. Asimismo, en caso se cumplan los requisitos establecidos por la ley para el otorgamiento de una medida cautelar, la CEB podría disponer la inaplicación temporal de dichas barreras burocráticas hasta que se emita un pronunciamiento final sobre la legalidad o razonabilidad de estas.

En ese sentido, es preciso destacar que los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos y actúan con estricta observancia del principio de legalidad, en particular, dentro del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, sin injerencias de ninguna índole.

Cabe indicar que las apelaciones que pueda realizar el MTPE ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas tienen un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde la notificación de una resolución. Luego de ello, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, resolverá en segunda y última instancia administrativa.

Como se conoce, las empresas no solo han interpuesto denuncias contra esta normativa ante el Indecopi, sino también ante el Poder Judicial. Además, la empresa estatal Sedapal, la Asociación de Empresas de Trabajo Temporal del Perú y Tercerización, CONFIEP, ADEX, entre otras, han presentado ante la Corte Superior de Justicia una demanda de acción popular para derogar el Decreto Supremo N°001-2022-TR que prohíbe la tercerización laboral del núcleo del negocio.

¿Qué es una barrera burocrática?

A fin de conocer ¿qué es una barrera burocrática?, ¿cómo se eliminan y qué sucede específicamente en el caso de la tercerización laboral del núcleo esencial de los negocios?, el Indecopi ha elaborado una serie de gráficas didácticas que puede revisar aquí: https://bit.ly/3Qx44oA.

El Indecopi continuará vigilando el mercado a nivel nacional para evitar la imposición de barreras burocráticas ilegales e irracionales que restrinjan el acceso o la permanencia de los agentes económicos y perjudiquen a emprendedores, empresas y ciudadanía en general.

 

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